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Sistema Arbitral de consumo:

Le informamos que los derechos del consumidor están recogidos en el Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro o norma que lo sustituya. ENERFIA S.L. está adherida con el distintivo número 1038 al Sistema Arbitral de Consumo para la resolución alternativa de litigios, en cumplimiento de la normativa vigente y con el objeto de facilitar a sus clientes un medio de resolución de conflictos gratuito por las discrepancias que puedan surgir con sus clientes en el desarrollo de sus actividades.

QUÉ RECLAMACIONES SE PUEDEN RESOLVER:
Pueden someterse a este sistema los conflictos que surjan por reclamaciones que surjan por consumidores o usuarios titulares de un contrato de suministro eléctrico y que además:

  • Estén relacionados con la contratación, la facturación, el cobro y/o la atención recibida por Enerfia S.L.
  • Se hayan tramitado primeramente ante Enerfia S.L. y no hayan recibido respuesta en el plazo de 30 días, o cuya respuesta no haya resultado satisfactoria para el cliente.

QUÉ RECLAMACIONES QUEDAN EXCLUIDAS:

  • Aquellas reclamaciones que tengan que ver con la empresa distribuidora, calidad del suministro, posibles daños causados por incidencias en la red eléctrica, o que no estén relacionadas con la actividad de Enerfia S.L.
  • Aquellas cuestiones sobre las que ya exista decisión judicial firme y definitiva, así como cuestiones en las que, según la legislación vigente, deba intervenir el Ministerio Fiscal.

CÓMO PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN:

En caso de cualquier incidencia en relación con el Contrato que pudiera motivar una reclamación, el Cliente podrá dirigir su escrito para plantear lo que procediere, indicando la referencia “Reclamación” más el código CUPS del suministro al Departamento de Atención al Cliente de Enerfia S.L., sito en Paseo de la Castellana 93B, 28046 Madrid, al correo electrónico info@evoluz.es o bien a través de cualquiera de los canales de atención al Cliente que Enerfia S.L. pone a su disposición y que están detallados en su contrato de suministro y sus facturas.


Interpuesta una reclamación, si no se hubiera resuelto en el plazo de quince días hábiles o, si resuelta, no fuera satisfactoria para el Cliente, quedarán expeditas las vías que en derecho procedan para plantear su solicitud. Enerfia S.L. está adherida a la Junta Arbitral Nacional de Consumo a la que el Cliente, si es un consumidor particular, puede acudir en caso de que Enerfia S.L. no le haya resuelto la reclamación satisfactoriamente.


Se puede encontrar más información al respecto en la página oficial del ministerio.